Ampliación del límite para la solicitud de aplazamiento de pago sin aportar garantías
La Agencia Tributaria prevé aumentar el límite para la solicitud de aplazamiento o fraccionamiento de pago por deudas de hasta 30.000 euros, sin necesidad de aportar garantías. Hasta ahora el límite se situaba en 18.000 euros.
Desde Hacienda informan que, durante el año, reciben más de 25.000 solicitudes de aplazamiento de deudas por valores comprendidos entre los 18.000 y 30.000 euros, por lo que, una vez que sea publicada esta medida en el BOE, dichas solicitudes serán aprobadas evitando incurrir en los costes y trámites que supondrían la presentación de un aval, hipoteca u otro tipo de garantía.
Hay que recordar que el aplazamiento de deuda no se puede solicitar para las deudas referidas al IRPF, ni para las deudas a las que el Código Aduanero Comunitario establece una regulación independiente.
Asimismo el tipo de interés de demora se reducirá del 4,375%, que se aplica en la actualidad, al 3,75% que se empezará a aplicar a partir de 2.016.
Comentarios
Sin comentarios.