Devolución de cuotas de autónomo en Pluriactividad
¿Qué es la Pluriactividad?
Contenidos
- 1 ¿Qué es la Pluriactividad?
- 2 ¿Cuánto se cotiza por contingencias comunes?
- 3 Solicitar devolución de cuotas de autónomos en pluriactividad ¿Cuáles son los requisitos?
- 4 ¿Qué cantidad puedo solicitar como devolución de las cotizaciones?
- 5 ¿Cómo debo realizar la solicitud de la devolución?
- 6 Plazos para solicitar la devolución
La Pluriactividad es aquella situación en la que un trabajador se encuentra de alta tanto en el Régimen General con un contrato por cuenta ajena, como en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos por cuenta propia.
No se debe confundir con el Pluriempleo, que es cuando un trabajador por cuenta ajena cotiza en el Régimen General por varios empleos.
¿Cuánto se cotiza por contingencias comunes?
Por un lado, en el Régimen General, se cotizará en función de los rendimientos obtenidos como asalariado en la actividad por cuenta ajena. Esto dependerá de la base de cotización que tengamos en dicha relación laboral.
Por otro lado, en el Régimen de Autónomos, se cotizará según la base elegida. La base mínima, a la que se suele optar con mayor frecuencia, es de 884,40€.
Tras la entrada en vigor de la nueva Ley de Emprendedores, aquellos trabajadores que estén trabajando por cuenta ajena e inicien a la vez la actividad por cuenta propia, podrán reducir hasta en el 50% la base mínima de cotización durante 18 meses, la cual se quedará en 442,20€.
Aclarar que en este caso, no será posible solicitar la devolución, ya que se está cotizando por la mitad de la base mínima.
Esta reducción de cotización la podrán solicitar sólo los trabajadores que estuvieran inicialmente de alta por cuenta ajena y vayan a comenzar la actividad como autónomos, ya que un trabajador autónomo que sea contratado posteriormente por una empresa, no podrá pedir esta reducción de cuota.
Solicitar devolución de cuotas de autónomos en pluriactividad ¿Cuáles son los requisitos?
El requisito para poder solicitar la devolución, es que las cuotas ingresadas por contingencias comunes en el Régimen General (tanto las cuotas patronales o de empresa, como las cuotas obreras o del trabajador) sumadas a las cuotas pagadas por estar de alta en el Régimen Especial de trabajadores Autónomos, superen los 12.245,98€ anuales.
¿Qué cantidad puedo solicitar como devolución de las cotizaciones?
En caso de que el ingreso anual de todas las cotizaciones sea superior a los 12.245,98€, se podrá solicitar la devolución del 50% del importe que supere dicha cantidad, siendo el límite de la devolución el 50% de las cuotas de autónomo pagadas.
¿Cómo debo realizar la solicitud de la devolución?
Será necesario presentar el modelo TC 13/1 (solicitud de ingresos indebidos). La presentación se podrá hacer de forma telemática, para lo cual se deberá disponer del Certificado Silcon y firma electrónica, o bien de forma presencial en las oficinas de la Tesorería General de la Seguridad Social.
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Plazos para solicitar la devolución
El plazo para solicitar la devolución de cuotas del año finalizado, comienza el día 1 de enero del siguiente año, finalizando el día 30 de abril.
Un ejemplo para verlo más claro
Supongamos que un trabajador cotiza por contingencias comunes 3.000€ trabajando por cuenta ajena, y que además realiza una actividad por cuenta propia cotizando por la base mínima, es decir, 884,40€.
– Cuota patronal: 3.000€ x 23,60% = 708,00€
– Cuota Obrera: 3.000€ x 4,70% = 141,00€
– Cuota Autónomo: 884,40 x 29,80% = 263,55€
______________________
– Total cuotas : 1.112,55€ (13.350,60€ anuales)
– Exceso de cotización: 13.350,60€ – 12.245,98€ = 1.104,62€.
– 50% del exceso de cotización: 1.104,62 x 50% = 552,31€
Es este caso se podría solicitar la devolución de las cuotas de autónomo por importe de 552,31€, ya que no se supera el 50% de las cuotas de autónomo ingresadas (263,55€ x 12 x 50% = 1581,13€).
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