Como donar participaciones de una empresa familiar. Te lo explicamos.
¿PUEDO DONAR A MIS HIJOS LAS PARTICIPACIONES DE MI EMPRESA SIN PAGAR IMPUESTOS SOBRE DONACIONES?
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Cuando se produce la donación de las participaciones de una empresa familiar de padres a hijos, o entre cónyuges, es posible obtener un beneficio fiscal consistente en una reducción de la base imponible del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD). Es necesario cumplir una serie de requisitos para saber como donar participaciones de una empresa familiar con dicho ahorro fiscal.
¿Como donar participaciones de una empresa familiar?
En el caso de que la participación esté exenta de tributar por el Impuesto sobre el Patrimonio (IP), se podrá reducir entre el 95% y el 99% (dependiendo de la Comunidad Autónoma) del valor del ISD. Dicha exención viene regulada en el punto segundo del apartado octavo del art. 4 del IP.
¿Cuáles son los requisitos para estar exentos en el IP?
- Los bienes y derechos de las personas físicas serán los necesarios para el desarrollo de su actividad empresarial o profesional, siendo ésta ejercida de forma habitual, personal y directa por el sujeto pasivo y que constituya su principal fuente de renta.
- La sociedad no tendrá como actividad principal gestionar un patrimonio mobiliario o inmobiliario.
- La participación en la entidad será de al menos el 5% (o el 20% en caso de posesión conjunta con cónyuge, ascendientes o descendientes).
- El sujeto pasivo debe ejercer las funciones de dirección en la entidad, percibiendo por ello una remuneración que signifique más del 50% de la totalidad de los rendimientos empresariales, profesionales y de trabajo personal
Cuando la transmisión de las participaciones cumple con los requisitos que acabamos de mencionar, se aplicará una reducción de la base imponible a la hora de calcular la base del ISD, la cual viene recogida en el art. 20.6 de la Ley del ISD.
¿Qué condiciones se deben cumplir para la reducir la base imponible en el ISD?
- La persona donante, debe haber cumplido al menos 65 años, o encontrarse en situación de incapacidad permanente en grado de absoluta o gran invalidez.
- El donante no podrá ejercer funciones remuneradas de dirección tras la transmisión. Podrá ser miembro del consejo de administración de la entidad, pero sin que supongan el ejercicio de las funciones de dirección aludidas.
- Los donatarios de las participaciones, deben conservarlas y cumplir con los requisitos expuestos durante el periodo de diez años.
- El donatario no podrá realizar actos de disposición y operaciones societarias, las cuales, de forma directa o indirecta, generen una minoración sustancial del valor de la adquisición.
Asimismo, la Ley del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas, exige como requisito adicional el que los elementos patrimoniales afectos a la actividad económica provenientes del patrimonio personal, deben haber estado afectos a las actividad durante al menos los 5 años inmediatamente anteriores a la trasmisión. Con esta medida se trata de evitar el traspaso de los elementos del patrimonio personal del contribuyente al patrimonio empresarial, sin que tenga que tributar por las ganancias patrimoniales que resulten de la operación.
En el caso de que haya elementos afectos y no afectos a la actividad empresarial, se determinará la proporción de los activos afectos sobre los activos totales, obteniéndose así el porcentaje de exención en la tributación en el IP, lo cual puede afectar sobre como donar participaciones de una empresa familiar.
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¿Qué aplican las Comunidades Autónomas?
El ISD es un impuesto parcialmente cedido a las Comunidades Autónomas, las cuales han establecido distintas bonificaciones añadidas a la deducción estatal del 95%, como por ejemplo:
- Andalucía: 99%
- Castilla y León: 99%
- Murcia: 99%
- Cantabria: 98%
- Cataluña: 95%
La Comunidad de Madrid no tiene establecido la regla de la proporcionalidad para la reducción en la base imponible, lo que permite la reducción en el ISD por el valor total de las participaciones, mientras que las comunidades de Cataluña, Galicia y Valencia sí hacen referencia a la proporcionalidad a la hora de calcular la base imponible. Saber que establece cada comunidad es muy importante a la hora de como donar participaciones de una empresa familiar.
Cuando se cumplen los requisitos para reducir la base en el ISD, según lo expuesto en el artículo 33.3 c de la LIRPF, el donante no tributará por el IRPF, y el donatario conservará el coste de adquisición de la participación que pertenecía al donante. De esta manera, se difiere su tributación a través del IRPF al momento futuro en el que el donatario decida transmitir de nuevo dichas participaciones.
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