Pago único por desempleo: una opción para emprender
¿Estás en el desempleo y quieres emprender un negocio? A continuación, te detallamos qué es el pago único o capitalización por desempleo, medida a la que se acogieron en 2015 en torno a 45.000 desempleados.
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¿Qué es el pago único o capitalización por desempleo?
Contenidos
- 1 ¿Qué es el pago único o capitalización por desempleo?
- 2 Requisitos generales para acogerse al pago único por desempleo
- 3 Modalidades
- 4 Obligaciones
- 5 ¿Dónde se solicita?
- 6 Preguntas comunes
- 6.1 ¿Está sujeto IRPF el pago único?
- 6.2 ¿Qué hago si no funciona mi negocio una vez solicitado el pago único?
- 6.3 ¿En qué casos se puede recibir el pago único del 100% de la cuantía?
- 6.4 ¿Puedo pedir el pago único para montar una Sociedad Limitada (SL)?
- 6.5 ¿Es posible que tenga que devolver el pago único?
Se trata de una medida de fomento del empleo consistente en el adelanto de la prestación por desempleo con el fin de financiar la inversión necesaria para la implantación de un nuevo negocio, bien sea por cuenta propia o si la persona va a incorporarse como socio en una sociedad laboral o cooperativa en funcionamiento o de nueva creación. Además, desde el 10 de octubre de 2015, es posible cobrar la prestación por desempleo y estar dado de alta en el régimen de autónomos paralelamente.
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Requisitos generales para acogerse al pago único por desempleo
- Recibir la prestación contributiva por desempleo tras haber cesado de forma definitiva la relación laboral previa.
- Tener, al menos, tres meses de prestación por desempleo pendientes de recibir.
- No haberse acogido a la citada medida en los cuatro años anteriores a la fecha de la solicitud.
- No haber compatibilizado el trabajo por cuenta propia con la prestación contributiva por desempleo en los 24 meses anteriores a la solicitud.
- Iniciar la actividad en el plazo máximo de un mes desde la concesión del derecho, siempre con fecha posterior a la solicitud de la misma.
- Iniciar una actividad profesional como trabajador autónomo o como socio trabajador de una cooperativa o sociedad laboral.
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Modalidades
- Pago único para financiar la inversión de un proyecto de autoempleo o constituir o incorporarse a una sociedad. En este caso, se puede solicitar:
El 100% de la prestación restante.
La cuantía máxima establecida como aportación al capital en caso de una sociedad cooperativa.
La cuantía máxima para la adquisición de acciones o participaciones de una sociedad laboral.
Si se trata de una entidad mercantil, tendrá que haber sido creada nuevamente o en los doce meses previos a la recepción de la capitalización y el solicitante habrá de tener el control de la misma.
- Pago de las cuotas de la Seguridad Social. Se puede solicitar el pago único por desempleo con el fin de abonar la cotización como autónomo a la Seguridad Social. Para ello, el trabajador deberá presentar los justificantes de esta cotización del mes del inicio de actividad y el Servicio Público de Empleo abonará mensualmente el importe de la cuota de autónomos. Igualmente, siempre se solicitará la capitalización antes de darse de alta como autónomo.
- Pago único para inversión + Pago de las cuotas de la Seguridad Social. Unión de ambas modalidades citadas anteriormente.
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Obligaciones
- Inicio de la actividad en el plazo máximo de un mes desde que recibe el importe correspondiente a la capitalización por desempleo
- Presentar ante el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) la documentación acreditativa al inicio de actividad.
- Destinar la cantidad recibida a la inversión para el desarrollo de la actividad.
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¿Dónde se solicita?
El pago único por desempleo se puede solicitar a través de las oficinas del Servicio Público Estatal de Empleo donde hay que adjuntar una serie de documentos que desde Solucione Asesores te ayudamos a elaborar.
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Preguntas comunes
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¿Está sujeto IRPF el pago único?
El 100% de las cantidades recibidas quedan exentas de IRPF.
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¿Qué hago si no funciona mi negocio una vez solicitado el pago único?
Las personas que se acojan a la capitalización por desempleo no podrán volver a percibir la prestación hasta que no transcurra un tiempo igual al que capitalizó las prestaciones. Igualmente, no se podrá solicitar el pago único hasta pasados, al menos, cuatro años.
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¿En qué casos se puede recibir el pago único del 100% de la cuantía?
En caso de tener una discapacidad superior al 33% o si eres hombre menor de 30 años o mujer menor de 35 años.
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¿Puedo pedir el pago único para montar una Sociedad Limitada (SL)?
Si, desde el octubre de 2015 se puede utilizar el pago único para las aportaciones de capital social necesario para montar una entidad mercantil, como puede ser una SL, siempre que se tenga el control de la sociedad.
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¿Es posible que tenga que devolver el pago único?
En caso de no cumplir con los requisitos previamente mencionados, el Servicio Público Estatal de Empleo puede requerirte la devolución del importe total del mismo.
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