¿Qué son los trabajadores autónomos dependientes?
¿Qué son los trabajadores autónomos dependientes TRADE?
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La figura del Trabajador Autónomo Económicamente Dependiente (TRADE o TAED) se refiere a aquellos trabajadores autónomos que, al menos el 75% de sus ingresos, dependen económicamente de un único cliente y para el que realizar de forma habitual y directa una actividad económica o profesional de forma lucrativa. Además, han de cumplir los siguientes requisitos:
- No tener a su cargo trabajadores ni contratar o subcontratar parte o todo el trabajo que realiza.
- No hacer el mismo trabajo que realizan los empleados del cliente.
- Tener infraestructura y materiales de trabajo propios.
- Trabajar bajo criterios organizativos propios, aunque reciba por parte del cliente indicaciones técnicas al respecto.
- Recibir una contraprestación económica por su trabajo, pactada previamente con el cliente, y asumiendo el riesgo por la actividad.
Es importante diferencias entre un TRADE y un falso autónomo, destacando que el primero se encuentra en una situación laboral legal, no tiene que acudir diariamente a la oficina del cliente con un horario establecido, puede rechazar los encargos que considere, recibe una remuneración pactada y no establecida de manera unilateral y tiene capacidad de decisión sobre la organización de su trabajo.
¿Qué personas pueden acogerse a ser TRADE?
Pueden acogerse a la figura de Trabajador Autónomo Dependiente aquellos autónomos que no sean titulares de establecimiento o locales comerciales, oficinas o tengan despachos abiertos al público. Igualmente, pueden hacerlo aquellos trabajadores autónomos que no ejerzan su profesión conjuntamente con otros formando una sociedad.
¿Qué beneficios ofrece ser un trabajador autónomos dependiente?
Los trabajadores que, siendo autónomos, cumplan los requisitos para acogerse a la figura de TRADE obtendrán unas condiciones beneficiosas con respecto al régimen general. Por ello, tendrán una serie de ventajas que suple la desventaja de que la mayor parte de su negocio dependa única y exclusivamente de un cliente. Es importante destacar que el trabajador autónomo sólo podrá ser dependiente de un cliente.
- Dispone de un contrato mercantil que regula su relación con el cliente.
- Tiene la posibilidad de firmar Acuerdos de Interés Profesional.
- Tiene derecho a 18 días de vacaciones retribuidas al año, cifra que se puede aumentar previa firma de un Acuerdo de Interés Profesional o por contrato expreso.
- Tiene derecho a percibir una indemnización en caso de que el cliente extinga injustificadamente el contrato. No obstante, si es el trabajador autónomo el que rompe el contrato injustificadamente, tendrá que indemnizar al cliente.
- Tiene derecho a que se le aplique la jurisdicción social en caso de tener que acudir a los Tribunales, una jurisdicción más rápida y menos cuantiosa que la civil.
¿Qué obligaciones implica ser TRADE?
Los Trabajadores Autónomos Dependientes tienen las mismas obligaciones que el resto de autónomos respecto a Hacienda, como la declaración trimestral del IVA y el IRPF. En relación a la Seguridad Social, también tienen las mismas obligaciones que el resto de trabajadores autónomos.
Si tienes alguna duda o necesitas que te asesoremos respecto a tus derechos y deberes como autónomo, no dudes en ponerte en contacto con nosotros a través del número de teléfono 900 102 278 o contactar desde nuestra sección de autónomos.
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